Si firmé mi contrato antes de la reforma, ¿qué indemnización
tendré si me despiden?
Un
contrato indefinido ordinario fija una indemnización de 45 días por año
trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades, pero la reforma laboral de
2012introduce que, aunque se mantendrá esa indemnización para el período
trabajado antes de la reforma, para el período posterior se calcularía la
indemnización con un máximo de 33 días por año trabajado. En cualquier caso, se
mantendría una indemnización máxima de 42 mensualidades.
¿Y si firmo un contrato nuevo, cuál será mi indemnización?
A
partir de ahora, todo contrato indefinido ordinario tendrá una indemnización de
33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, que era la que ya
se fijaba para el contrato de fomento del empleo indefinido.
¿Por qué me pueden despedir con 20 días por año trabajado?
Si
una empresa tiene más pérdidas, menos ingresos o menos ventas durante tres
trimestres seguidos, podrá recurrir al despido procedente, que solo establece
una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
Eso sí, a partir de ahora se invierte la carga de la prueba y todos los
despidos son procedentes a no ser que el trabajador demuestre lo contrario.
La
legislación laboral ya incluía, entre otras, las causas económicas como causas
objetivas de despido, aludiendo a la "existencia de pérdidas actuales o
previstas". Ahora ya no se habla sólo de pérdidas, sino también de
ingresos y ventas, y se precisa el plazo a esos tres trimestres.
Si cobro el paro y consigo un trabajo, ¿puedo seguir cobrando la
prestación?
Por
primera vez, se permite compatibilizar un trabajo con el cobro de la prestación
de desempleo, pero solo en el caso concreto de un empleado contratado con el
nuevo modelo de contrato para emprendedores. En ese caso, el trabajador puede
percibir el 25% del paro que estaba cobrando durante su primer año empleado,
mientras que la empresa se deduciría el 50% de lo que cobraba la persona a
quien ha contratado.
¿Durante cuánto tiempo me pueden renovar con contratos
temporales?
En
2011 se suspendió el límite al encadenamiento de contratos temporales para los
años 2012 y 2013, pero el actual reforma vuelva a establecer un máximo de dos
años a partir de 2013. Es decir, durante este año todavía se podrán encadenar
contratos temporales sin límite, pero el año que viene ya no.
Los convenios, ¿siguen en vigor si no hay acuerdo para su
renovación?
Si,
un máximo de dos años, para incentivar aún más que llegue a acuerdos entre
empresa y trabajadores: la última reforma exigía nombrar un árbitro a los 14
meses para que tomara una decisión, pero ahora se especifica cuando deja de
estar en vigor el convenio.
¿De qué bonificaciones nuevas se puede beneficiar el empresario
por contratar a un trabajador?
Además
de los 3.000 euros para las pymes de menos de 50 trabajadores que contraten a
un trabajador menor de 30 años, se introducen bonificaciones de hasta 3.600
euros en tres años por hacer un contrato indefinido a jóvenes de entre 16 y 30
años y de 4.500 por contratar a parados de larga duración de más de 45 años.
¿Cuándo entra en vigor?
La
reforma del mercado laboral entra el vigor este domingo, ya que el decreto de
ley se ha publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado. Después, la
normativa puede sufrir modificaciones en su tramitación parlamentaria, pero
desde este domingo se aplicarán estas normas.POSIBLES DUDA
